05 May ¿Cuándo se cobra el 100% de la baja por accidente laboral?
Cuando en una empresa u organización se accidenta laboralmente un empleado/a, se inicia un proceso que abarca desde su curación, siempre que no sea mortal, hasta las cantidades económicas que deja de percibir, repercutiendo tanto a la empresa como al propio trabajador/a
Las preguntas se suceden: ¿me quedará alguna secuela física o psíquica? ¿recibiré el salario completo durante el tiempo de baja?
¿En qué momento se produce la baja por accidente laboral?
En el mismo instante en que como consecuencia del trabajo que se esté realizando para la empresa u organización, el trabajador/a tiene una lesión o enfermedad que le impide trabajar.
El accidente es considerado como accidente de trabajo siempre que tenga una relación con la actividad laboral que desarrolla el operario. No hay que olvidar que el ámbito de aplicación de la normativa laboral española alcanza:
a) A los trabajadores que voluntariamente prestan sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, llamada empleador o empresario.
b) Que son empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes (por ejemplo, una comunidad de vecinos) que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado a) anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.
He tenido un accidente de trabajo: ¿Cuánto voy a cobrar?
-En incapacidad temporal (IT)
Ley General de la Seguridad Social (LGSS)
En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el subsidio se abonará desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja (Art. 173.1)
La base de cotización por contingencias profesionales porque se ha producido un accidente laboral asciende al 75% de la base reguladora – promedio de las bases de cotización del trabajador durante los últimos meses previos al accidente laboral – desde el día siguiente de la baja médica en adelante.
Se paga directamente en el recibo de salarios (nómina).
Hay que ver y comprobar si el convenio colectivo indica la cuantía y los periodos en los que además se percibe un complemento económico que en muchos casos llega al 100% del salario.
Es la Seguridad Social o la Mutua los que asumen el pago desde el día siguiente al inicio de la baja médica.
El trabajador/a empezará a cobrar desde el día siguiente a la baja. El primer día se le abona por la empresa como si fuera salario.
-En incapacidad temporal severa
Ya hemos dicho que es necesario y así lo hacemos desde Legal Services Abogados, analizar y estudiar los convenios y contratos de trabajo individuales y estudiar las condiciones más favorables, para que el complemento alcance el 100% del salario durante la baja por accidente laboral.
Desde nuestro despacho especializado en Derecho del Trabajo y Seguridad Social como en Prevención de Riesgos Laborales, asesoramos y accionamos los procedimientos más convenientes para que los afectados puedan recibir el 100%de la base reguladora, bien porque la incapacidad temporal es muy severa con graves incidencias o bien mediante la interposición de reclamaciones de indemnizaciones o la exigencia de un recargo sobre las prestaciones de la Seguridad Social (entre un 30% y un 50%).