09 Oct Empleadas del hogar y prevención de riesgos laborales, así es la nueva norma
Ha entrado en vigor, con un plazo diferido, una nueva norma sobre prevención de riesgos laborales en el ámbito de las personas empleadas del hogar. Se trata del R.D. 893/2024, de 10 de septiembre que, básicamente, obliga a los empleadores (cabeza de familia, amo de casa, titular del hogar familia) a cumplir dos requisitos que desarrollaremos a lo largo del artículo.
Mencionamos que desde Legal Services Abogados nos llegan de forma diaria consultas jurídicas sobre temas relacionados como: ¿Cómo contratar una empleada de hogar y evitar problemas?, Defensa ante denuncias de empleadas del hogar, ¿Las empleadas del hogar tienen derecho a cobrar paro?,… Por lo que, la prevención de riesgos laborales para empleadas del hogar en la nueva normativa será también un tema importante a la hora de estar bien asesorado y evitar multas de la Inspección de Trabajo.
Obligaciones al contratar a una empleada del hogar en materia de PRL
-Evaluar específicamente los posibles riesgos del puesto de trabajo dentro del hogar/vivienda (domicilio familiar).
-Adoptar medidas preventivas, en consonancia, con lo detectado en la evaluación, para evitar accidentes laborales.
A) Qué especialidades presenta este colectivo
a) Es una relación laboral especial, excluida de la legislación laboral general.
b) Es un sector de economía de cuidados
c) Exigencia de una relación de confianza entre las dos partes mucho más fuerte que la que se exige en las relaciones laborales comunes.
d) Feminización de este colectivo
e) Al tratarse de domicilios particulares se limitan las potestades de inspección (Inspección de Trabajo)
f) Los empleadores carecen de conocimientos técnicos en prevención de riesgos laborales.
B) Objetivo de la norma respecto a las empleadas de hogar
Regular la protección de la seguridad y salud en el trabajo, por eso, este Real Decreto es específico sobre aspectos preventivos.
C) ¿A partir de cuándo las obligaciones previstas en la noma van a ser exigibles?
Hasta transcurridos 6 meses desde que el INSS ponga a disposición de los empleadores una herramienta gratuita de evaluación de riesgos que se calcula esté en un periodo de 10 meses, lo que supone que hasta dentro de 16 meses no opere la exigibilidad (12 de enero de 2026).
Los reconocimientos médicos sólo serán aplicables cuando se desarrollen las previsiones normativas al respecto.
Desde Legal Services Abogados quedamos a disposición para el asesoramiento, representación y defensa respecto a las cuestiones que surjan de las personas que trabajen en el hogar familiar.